Maru Campos rechaza declarar ante la FGR por caso CIA

La gobernadora Maru Campos acudió a la FGR, pero se negó a declarar por el caso relacionado con agentes de la CIA, al considerar irregular el citatorio.
Maru Campos rechaza declarar ante la FGR por caso CIA

La gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, acudió este martes a las instalaciones de la Fiscalía General de la República (FGR) en la Ciudad de México, pero rechazó rendir declaración dentro de la investigación relacionada con presuntos agentes de la CIA en territorio mexicano.

La mandataria estatal entregó un escrito formal en el que objetó la legalidad del citatorio emitido por la autoridad federal, al considerar que se trataba de un documento “ambiguo”, “internamente incongruente” y carente de fundamentos jurídicos suficientes.

¿Por qué Maru Campos rechazó declarar ante la FGR?

La gobernadora argumentó que, debido a su cargo como titular del Poder Ejecutivo de Chihuahua, cuenta con inmunidad constitucional que le impide ser sometida a actos de investigación de carácter personal mientras permanezca en funciones.

En el documento entregado a la FGR, Campos aseguró que acudió físicamente para responder al citatorio, pero dejó claro que no comparecería en calidad de testigo ni aceptaría la diligencia planteada por el Ministerio Público.

¿Qué dijo Maru Campos sobre el citatorio?

La mandataria panista señaló que fue citada “tramposamente” para declarar por el caso relacionado con agentes de la CIA, mientras que personas con órdenes de aprehensión en Estados Unidos por presuntos vínculos con el narcotráfico reciben, según dijo, “entrevistas amigables”.

Además, insistió en que la Fiscalía carece de facultades para obligarla a rendir declaración personal bajo las condiciones planteadas en el documento oficial.

¿Qué respondió la gobernadora sobre la investigación?

Aunque rechazó declarar, Maru Campos aseguró que existe disposición para colaborar institucionalmente con cualquier investigación federal relacionada con el caso.

La gobernadora pidió que cualquier requerimiento se realice mediante mecanismos oficiales de colaboración entre autoridades y con precisión jurídica sobre el objetivo de la solicitud.

¿Qué establece la Constitución sobre este tipo de casos?

En su respuesta, la mandataria citó el artículo 90 del Código Nacional de Procedimientos Penales y el artículo 111 constitucional, argumentando que dichos apartados contemplan excepciones para servidores públicos en funciones, incluidos gobernadores.

Según Campos, esa protección no representa únicamente una dispensa procesal, sino una limitación legal sobre las facultades del Ministerio Público para citarla personalmente.

Enfoque / El Porvenir