
Monterrey, Nuevo León, a 22 de abril del 2025.— A partir de esta semana, el uso de motocicletas en Nuevo León estará sujeto a nuevas reglas obligatorias, tras la publicación de reformas a la Ley de Movilidad en el Periódico Oficial del Estado. El Gobernador Samuel García Sepúlveda cumplió con la promulgación del Decreto Número 88, aprobado por unanimidad en el Congreso local el pasado 25 de marzo.
Entre las modificaciones más destacadas se establece el uso obligatorio de chaleco reflejante para todos los motociclistas que realicen labores de reparto, así como un equipamiento mínimo de seguridad para cada unidad.
De acuerdo con las reformas, toda motocicleta deberá contar con:
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Faro delantero con cambio de luz baja y alta
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Dos espejos retrovisores laterales
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Luz de freno, intermitentes y direccionales
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Escape sin modificaciones que aumenten el ruido del motor
Además, se prohíbe expresamente:
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Circular en posición paralela en un mismo carril
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Transitar por aceras o zonas exclusivas para peatones y ciclistas
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Realizar maniobras peligrosas o cambios bruscos de carril
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Transportar carga que afecte la visibilidad o equilibrio del conductor
Estas medidas buscan reducir los accidentes y mejorar la seguridad vial, particularmente ante el creciente uso de motocicletas para actividades como entregas a domicilio.
Por otro lado, las reformas también impactan a los desarrolladores de nuevos fraccionamientos, quienes ahora deberán demostrar factibilidad de transporte público como requisito indispensable para sus proyectos.
“Ya no se permitirá que se construyan colonias sin acceso al transporte público, pues esto genera enormes dificultades para los residentes”, se indicó en el comunicado.
Además, se fortalece la figura del transporte público municipal e intermunicipal, y se establece la obligación de capacitar a los operadores. También se garantiza que las sesiones del Consejo y las comisiones del Instituto de Movilidad sean públicas, en un esfuerzo por aumentar la transparencia.