CIRT alerta por posible acoso a medios mediante denuncias anónimas
La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión advirtió que las denuncias anónimas podrían convertirse en un mecanismo de presión o acoso contra medios de comunicación y periodistas.
El presidente de la CIRT, José Antonio García Herrera, pidió que las quejas presentadas ante las defensorías de las audiencias incluyan la identidad de la persona inconforme.
La organización también propondrá que sean descartadas las reclamaciones sin fundamento, improcedentes o utilizadas de manera reiterada para hostigar a concesionarios y comunicadores.
“Las quejas a los defensores de las audiencias tienen que ser auténticas y no anónimas”.
¿Por qué la CIRT rechaza las denuncias anónimas?
García Herrera consideró que la falta de identificación de los denunciantes permitiría presentar numerosas acusaciones sin elementos suficientes.
“Deberían considerar desechar las quejas por frívolas e improcedentes y porque no se identifica el quejoso”.
El dirigente empresarial advirtió que este mecanismo podría ser utilizado para saturar las defensorías de audiencias o generar presión sobre determinados programas, periodistas y conductores.
“De lo contrario, el día de mañana a los medios o a los comunicadores los podrían acosar con denuncias anónimas que puedan ser falsas”.
La legislación vigente establece que las personas pueden formular reclamaciones por escrito y deben identificarse con nombre, apellidos, domicilio y, en su caso, correo electrónico para recibir una respuesta individualizada.
¿Qué propone la CIRT para modificar los lineamientos?
La cámara prepara una serie de observaciones para presentarlas durante la consulta pública organizada por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.
Entre sus propuestas se encuentra establecer criterios para desechar quejas evidentemente improcedentes y limitar la aplicación de sanciones económicas.
La CIRT busca que las multas se impongan únicamente en los supuestos establecidos expresamente por la ley, como la falta de una defensoría de audiencia, la ausencia de un código de ética o la inexistencia de mecanismos para recibir reclamaciones.
El artículo 295 establece multas de entre 0.01% y 1% de los ingresos acumulables cuando no se ponen a disposición mecanismos de defensa o no se nombra a una persona defensora de las audiencias.
CIRT pide que sus propuestas sean consideradas
La organización mantiene conversaciones con la CRT para plantear modificaciones al proyecto.
García Herrera aseguró que el diálogo no debe limitarse a escuchar las preocupaciones de la industria, sino que debe reflejarse en cambios concretos.
“No nada más se trata de que nos convoquen al diálogo y que nos escuchen, sino también que hagan caso de nuestras opiniones”.
El objetivo, señaló, es encontrar un equilibrio entre los derechos de las audiencias, la libertad de expresión y la independencia editorial de los medios.
“Hay algunas particularidades del proyecto que a mí se me hace que no están equilibradas y que pueden mejorar”.
¿Cuándo termina la consulta sobre derechos de las audiencias?
La consulta pública de los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias se desarrolla del 27 de julio al 21 de agosto de 2026.
Durante este periodo pueden participar concesionarios, organizaciones, especialistas, académicos y ciudadanos interesados en presentar observaciones.
El documento todavía no es definitivo y podrá modificarse antes de ser aprobado por el pleno de la Comisión y publicado oficialmente.
Por esta razón, la propia CIRT señaló que todavía no puede afirmarse que la regulación represente una amenaza consumada contra la libertad de expresión.
Defensores de audiencias deberán actuar con independencia
Uno de los puntos respaldados por la industria es que las personas defensoras de las audiencias cuenten con autonomía para revisar reclamaciones y emitir recomendaciones.
La ley establece que cada concesionario de radiodifusión debe contar con una defensoría responsable de recibir, registrar, procesar y responder las quejas del público.
También señala que su actuación debe regirse por criterios de imparcialidad e independencia, aunque su funcionamiento sea financiado por los concesionarios.
Los lineamientos deberán garantizar además la libertad de expresión, la libertad programática y editorial, así como evitar cualquier forma de censura previa.

