Deudores alimentarios no podrán tramitar licencia de conducir en Nuevo León
Las personas que incumplan con sus obligaciones alimentarias podrían quedarse sin la posibilidad de tramitar o renovar su licencia de conducir en Nuevo León, luego de que diputados del Congreso local aprobaron modificaciones a la legislación estatal.
La medida avanzó a través de la Comisión de Movilidad del Congreso del Estado mediante reformas a la Ley que Regula la Expedición de Licencias para Conducir.
¿Qué establece la reforma sobre licencias y deudores alimentarios?
La diputada del PAN, Aíle Tamez de la Paz, explicó que las modificaciones buscan establecer “candados legales” para impedir que personas inscritas en el Registro Estatal y Nacional de Obligaciones Alimentarias puedan obtener o renovar su licencia de conducir.
La legisladora señaló que todo solicitante deberá acreditar que no es considerado deudor alimentario moroso.
¿Qué tendrán que hacer los deudores alimentarios para renovar su licencia?
Durante la mesa de trabajo también se acordó que la licencia únicamente podrá tramitarse una vez que la persona liquide sus pendientes judiciales relacionados con pensión alimenticia.
Además, quien aparezca en los registros correspondientes deberá comprobar formalmente su baja antes de realizar el trámite.
“A la hora de renovar la licencia hay un candado que pusimos para que la persona no esté inscrita como deudor alimentario”, explicó la diputada.
¿Por qué impulsaron esta reforma en Nuevo León?
La legisladora indicó que la iniciativa surgió a partir de peticiones ciudadanas y ante las lagunas jurídicas existentes en los mecanismos actuales.
Según explicó, las autoridades detectaron que los procedimientos vigentes eran insuficientes para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
La reforma busca fortalecer las herramientas legales para presionar a quienes incumplen con la manutención de menores y dependientes económicos.

