
Monterrey, N.L. — Con el inicio del periodo para el pago de utilidades 2024, la Secretaría del Trabajo en Nuevo León recordó a los trabajadores que esta prestación es un derecho constitucional, y anunció operativos de supervisión y asesoría legal para garantizar su cumplimiento en tiempo y forma.
¿Quiénes tienen derecho al reparto de utilidades?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, tienen derecho a recibir participación en las utilidades todas las personas que hayan trabajado más de 60 días en una empresa, durante el año fiscal anterior (2023).
Esto incluye a trabajadores de planta, eventuales y por temporada, excepto directivos, socios, gerentes generales y personal sin relación laboral subordinada.
“Es el tiempo para el pago de las utilidades, del fruto del trabajo. Este derecho aplica para todos, menos para quienes ocupan puestos de alta dirección o no forman parte formal de la plantilla”, señalaron autoridades de la Secretaría.
¿Cómo se calcula el monto?
Las empresas están obligadas a repartir el 10% de las utilidades netas que generaron durante el ejercicio fiscal anterior. El monto total se divide en dos partes:
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50% distribuido equitativamente entre todos los trabajadores según los días laborados.
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50% proporcional al salario que cada empleado percibió durante el año.
El máximo que puede recibir un trabajador es el equivalente a tres meses de salario, siempre y cuando las utilidades lo permitan.
Nuevas reglas tras la eliminación del outsourcing
Antes de la reforma laboral, muchas empresas evitaban el reparto argumentando que los trabajadores eran contratados vía outsourcing. Sin embargo, la reforma de 2021 eliminó esta figura y ahora los empleados tienen mayor claridad sobre su relación laboral y sus derechos.
“Con la reforma, ya no se puede evadir esta responsabilidad. Si hay utilidades, deben repartirse”, explicaron voceros de la dependencia.
¿Cuándo deben pagarse las utilidades?
Los plazos para el pago de utilidades 2024 son:
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Empresas (personas morales): del 1 de abril al 31 de mayo.
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Personas físicas (patrones individuales): del 1 de mayo al 30 de junio.
Quienes no reciban esta prestación en tiempo pueden acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para recibir asesoría gratuita.
¿Qué empresas están exentas?
No todos los empleadores están obligados a pagar utilidades. Están exentas:
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Empresas de nueva creación (primer año o dos si desarrollan productos nuevos).
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Empresas extractivas en fase de exploración.
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Negocios con ingresos anuales menores a $300,000 pesos.
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Instituciones sin fines de lucro, como asociaciones civiles, culturales o de beneficencia.
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Organismos públicos como el IMSS o entidades descentralizadas.
Asesoría y contacto
Las personas que tengan dudas o consideren que no se ha respetado su derecho pueden acudir a las siguientes dependencias:
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Procuraduría de la Defensa del Trabajo
📍 Ciudad Laboral, Av. Churubusco 495, Col. Fierro, Monterrey
📞 Tel. 81 2020 2666 -
Dirección de Inspección de la Secretaría del Trabajo
📍 Torre Administrativa, Av. Washington 2000, Col. Obrera
📞 Tel. 81 2033 2608
“Si no te pagan en las fechas establecidas o no sabes si tienes derecho, acude con nosotros. Estamos para ayudarte”, reiteró César Aguirre, titular de la Procuraduría.